Qué hace falta para vender una propiedad heredada
Una propiedad que sigue a nombre de una persona fallecida no se puede escriturar. Antes de vender hay que ordenar tres cosas:
- La sucesión. Se inicia el expediente y se obtiene la declaratoria de herederos, que dice quiénes pueden disponer del inmueble.
- El título. Reviso el dominio, los informes y si hay deudas, embargos o inhibiciones que resolver antes de la venta.
- El acuerdo entre herederos. Todos tienen que estar de acuerdo en vender y en cómo se reparte el precio. Ayudo a ordenar esa conversación.
- La forma de transferir. Según el caso, se inscribe primero a nombre de los herederos o se escritura directamente al comprador desde la sucesión (tracto abreviado), lo que ahorra tiempo y costos.
- La escritura. Coordino con la escribanía y con la inmobiliaria para que la operación llegue a la firma sin sorpresas.
Una mirada integral
Además de abogada, me formé como martillera y corredora inmobiliaria. No ejerzo como tal, pero esa formación me permite entender cómo se tasa, se publica y se vende una propiedad, y anticipar lo que el comprador y el escribano van a pedir. Así la sucesión se lleva pensando en la venta desde el primer día.
Situaciones frecuentes
- Ya hay un comprador y la sucesión todavía no se inició.
- Un heredero no quiere vender o no responde: hay caminos legales para resolverlo.
- La propiedad sigue a nombre de los abuelos y hay que encadenar más de una sucesión.
- Los herederos viven lejos, en otra provincia o en el exterior, y nadie puede ocuparse.
- Aparecen deudas, embargos o una ocupación que hay que resolver antes de escriturar.
Para inmobiliarias y escribanías: si tenés una operación trabada por una sucesión pendiente, puedo ordenar la parte legal para que llegue a la escritura. Mirá la sección Para profesionales.
Lo que dicen mis clientes
Opiniones reales publicadas por clientes en Google. Cada caso es distinto.
Preguntas frecuentes
¿Se puede vender una propiedad sin hacer la sucesión?
No. Mientras el inmueble esté a nombre de una persona fallecida no se puede escriturar. Se puede firmar un boleto o reservar, pero la escritura requiere la declaratoria de herederos.
¿Hay que inscribir la propiedad a nombre de los herederos antes de vender?
No siempre. En muchos casos se puede escriturar directamente al comprador desde la sucesión, lo que se conoce como tracto abreviado. Evalúo qué conviene en cada caso.
¿Qué pasa si un heredero no quiere vender?
Nadie está obligado a permanecer en la indivisión. Primero se busca un acuerdo; si no es posible, existen vías judiciales para dividir o vender el bien.
¿Cuánto tarda en estar lista para escriturar?
Depende de la jurisdicción, de la documentación y de si hay acuerdo entre los herederos. En la consulta te doy un plazo estimado para tu caso.
¿Se puede vender si los herederos viven en el exterior?
Sí, con un poder que incluya las facultades para vender y escriturar. Reviso el texto antes de que firmes.
¿Vos vendés la propiedad?
No. Me ocupo de la parte legal: la sucesión, el título y la coordinación con la escribanía. La comercialización la hace la inmobiliaria que elijan los herederos.
Contame tu caso
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